Para preservar el ambiente y mejorar la calidad de vida de la sociedad, la Municipalidad de San Isidro recuerda la vigencia de la ordenanza N° 8.366, que prohíbe en todo el ámbito del Partido “la entrega de bolsas confeccionadas con materiales que no reúnen las características biodegradables, oxibiodegradables, hidrodegradables o cualquier otro tipo similar para el transporte de mercadería adquirida en supermercados, hipermercados, shoppings y comercios mayoristas o minoristas en general.”
Se recuerda la importancia de comenzar a reducir la generación de los efectos contaminantes que provoca la disposición de bolsas y embalajes de material plástico no degradable, suministrados por los comercios que se encuentran dentro del ejido municipal.
También para la confección e impresión de inscripciones en los envases degradables deben emplearse sustancias y materiales de características no tóxicas que respeten las normas ambientales vigentes.
El anuncio indica que con el fin de adecuarse a los objetivos establecidos y para la instrumentación de los cambios necesarios por parte de los comercios, estos pueden efectuar sus consultas en la Dirección de Gestión Ambiental, Seguridad y Habilitaciones Industriales, dependiente de la Secretaría de Inspecciones y Registros Urbanos de la comuna. Por correo electrónico dirigirse a inspeccion@sanisidro.gov.ar
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